La convocatoria del PERTE Descarbonización Industrial 2023 se publicará en octubre.

El desarrollo de esta iniciativa contempla una inversión pública de 3.100 millones de euros. De todos los PERTE, el PERTE de Descarbonización es el que recibirá la mayor asignación, con 2.720 millones de euros en total, divididos en 1.700 millones en forma de préstamos y 1.020 millones en subvenciones.

Los beneficiarios de este PERTE son los sectores de la industria manufacturera entre los que destacan los sectores de fabricación de productos minerales no metálicos (incluyendo cerámica, cemento, vidrio, entre otros), industria química, refino de petróleo, metalurgia y fabricación de papel y pasta de papel. A estas se suman las grandes instalaciones de combustión en otros sectores, con especial relevancia en la industria de alimentación y bebidas. Las actuaciones previstas se ejecutarán entre los años 2023 a 2026, si bien los proyectos podrían finalizar posteriormente.

En esta primera convocatoria de la línea de ayudas de actuación integral para la industria manufacturera perteneciente al PERTE de Descarbonización se exigirá que los proyectos o las inversiones finalicen necesariamente antes de julio de 2026. No obstante, en 2024 está prevista la publicación de otras convocatorias para proyectos cuya fecha de ejecución podrá llegar hasta 2028.

Para ello, se han aprobado estas cuatro medidas transformadoras:

  1. Línea de ayudas de actuación integral para la descarbonización de la industria manufacturera, que contará con una financiación pública de 2.300 millones de euros, de los cuales 800 millones tendrá la forma de subvención y 1.500 millones se articularán en forma de préstamo, a ejecutar desde el año 2023 en adelante.
  2. Línea de ayudas autorizadas por la Comisión europea a empresas manufactureras participantes en el Proyecto de interés Común Europeo (en adelante, IPCEI), sobre la cadena industrial del hidrógeno de origen renovable, con una financiación pública de 450 millones de euros en forma de subvención a ejecutar en el año 2023. Ya está publicado el Real Decreto 251/2023, de 4 de abril.
  3. Estudio y evaluación del desarrollo de un Fondo de apoyo a los contratos por diferencias de carbono y realización de un proyecto piloto, que contará con una financiación pública de 100 millones de euros para desarrollar un proyecto piloto.
  4. Apoyo al desarrollo de nuevas instalaciones manufactureras altamente eficientes y descarbonizadas, con una financiación pública de 150 millones en subvención y 100 millones en préstamos.

Seguidamente se sintetizan las condiciones de las líneas de ayudas 1 y 4:

1.      Línea de ayudas de actuación integral para la descarbonización de la industria manufacturera

Esta medida transformadora es una línea de ayudas gestionada por el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, cuyo objeto será la concesión de ayudas en forma de subvención, préstamo o una combinación de ambas.   

En las respectivas bases reguladoras y convocatorias de las ayudas, que podrá ser en forma de concurrencia simple, se concretarán las medidas de apoyo (actuaciones subvencionables) en el marco jurídico de la Ley 38/2003, General de Subvenciones y del Reglamento (UE) General de Exención por Categorías 651/2014[1] y sus modificaciones, así como las Directrices y Marcos de ayudas europeas aplicables.

Las propuestas que se presenten para el desarrollo de esta línea de ayudas, deberán incluir:

•      Actuaciones en al menos una de las líneas expuestas en el apartado 7

  • Para la Descarbonización: deberá presentarse un Plan de Eficiencia Energética y Transición Ecológica completo y, en su caso, coordinado de descarbonización industrial, en el que participarán todos los implicados en la propuesta de proyecto tractor, que dé sentido a los proyectos primarios objeto de ayudas en un objetivo común.
  • Para la Formación y Capacitación: deberá presentarse un Plan de Formación y Capacitación Profesional con objetivos a largo plazo. Estas actuaciones no serán objeto de ayudas directas bajo la convocatoria del PERTE Descarbonización Industrial.

En las bases reguladoras se fijarán los requisitos que deben cumplir los proyectos para poder acceder a las ayudas. Al proceso de concesión de apoyo público se podrán incorporar, a modo ilustrativo, los siguientes criterios para la evaluación de los proyectos:

  •     Las empresas que se presenten tendrán que llevar a cabo una actividad industrial, se entenderá que desarrollan una actividad industrial, si las actividades para las que solicita ayuda financiera, se encuadran en las actividades incluidas en la sección C- Divisiones 10 a 32 de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE2009) aprobada por Real Decreto 475/2007, de 13 de abril. En caso de solicitudes en agrupación, podrán ser beneficiarias también otras empresas sin actividad industrial pero que contribuyan al desarrollo del proyecto de descarbonización de la instalación industrial.
  •     Contribución a la disminución de emisiones de GEI, reducción de los consumos de energía primaria, eficiencia energética y sostenibilidad, tanto de forma absoluta como relativa a la propia instalación. Se podrán definir umbrales mínimos de reducción de emisiones a cumplir por proyecto, tanto absolutos como relativos a la intensidad de ayuda.
  •     Análisis de la coherencia del proyecto dentro de la estrategia empresarial de largo plazo de descarbonización y el tiempo de vida útil de la instalación.
  •     Contribución a los objetivos relacionados con el cambio climático de acuerdo con la Propuesta de Decisión de Ejecución del Consejo relativa a la aprobación de la evaluación del plan de recuperación y resiliencia de España. COM/2021/322 final. 
  •     Replicabilidad de las soluciones propuestas en el propio sector, así como en otros sectores industriales.
  •     Presentación individual o en agrupación.
  •     Viabilidad económica y rentabilidad del proyecto con y sin ayuda y justificación de la necesidad de la ayuda.
  •     Inversión privada movilizada e inversión elegible identificada, se definirá un umbral mínimo de inversión por proyecto.
  •     Contenido de I+D+i.
  •     Participación de pymes.
  •     Creación o mantenimiento de empleo en España.
  •     Cohesión social y territorial (medida según los indicadores de despoblación…)
  •     Igualdad de género.

Presupuesto :

La financiación vinculada a la línea de ayudas de actuación integral para la descarbonización de la industria manufacturera del PERTE Descarbonización Industrial será de 2.300 millones de euros, de los cuales 800 millones tendrán la forma de subvención y 1.500 millones se articularán en forma de préstamo, a ejecutar desde el año 2023 en adelante. Los ejercicios de concesión y la finalización de los proyectos estarán sujetos al cumplimiento de los compromisos y calendario de la CID y los que se prevean en la Adenda. Todo ello se financiará con la primera fase del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia y su Adenda.

4. Apoyo al desarrollo de instalaciones manufactureras altamente eficientes y descarbonizadas. 

El objetivo es la valoración de posibles proyectos de inversión de especial efecto tractor para instalaciones industriales que usen la mejor tecnología en descarbonización de sus sectores. La línea de apoyo a estos proyectos se podría instrumentar a través de la notificación individual de los mismos a la Comisión europea, mediante las directrices de ayudas de estado aplicables que correspondan. Se busca potenciar los procesos de reindustrialización hacia modelos más sostenibles. 

Presupuesto:

La financiación vinculada a este instrumento consistiría en 150 M€ en subvención y 100 M€ en préstamo. Ambos presupuestos podrán proceder tanto de la primera fase del MRR como de la Adenda, y a conceder entre 2023 y 2026. La parte que se ejecute con presupuesto del MRR, tendrá la finalización de los proyectos sujeta al cumplimiento y calendario de los compromisos de la CID. En el caso de la parte que se ejecute con el presupuesto de la Adenda, tendrá la concesión y finalización de los proyectos sujeta al cumplimiento y calendario que se comprometa en la negociación de la Adenda.

En el caso de que precises de ayuda en el análisis de la idoneidad de un proyecto o la elaboración de la memoria a esta convocatoria, no dudes en ponerte en contacto con ISEA S.Coop. (Teléfono: 943 104 245)

ISEA S.Coop. es un Centro de Desarrollo Tecnológico, Innovación y Emprendimiento integrado en la División de Ingeniería y Servicios Empresariales de la Corporación MONDRAGÓN. 

ISEA S.Coop. es un Agente Científico Tecnológico integrado en la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación, con la categoría de Agente de Intermediación Oferta/ Demanda.

Adicionalmente, ISEA S.Coop. está inscrita en el Registro de Centros Tecnológicos y los Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica del Ministerio de Economía, Industria y Competitividad.

 

 

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