Nota informativa de ISEA S.COOP.: Publicada la convocatoria 2025 de las subvenciones del programa Smart Mobility Industry.

El BOG publica hoy convocatoria 2025 de las subvenciones del programa Smart Mobility Industry para el impulso del sector de la movilidad eléctrica en Gipuzkoa.

La convocatoria integra las siguientes líneas de subvención:

  1. Proyecto piloto: tienen por objeto impulsar el desarrollo e implantación de proyectos de demostración tecnológica relacionados con la nueva movilidad, entendida como electromovilidad, infraestructura de carga y conducción autónoma.

Estos proyectos piloto implicarán la implantación de una determinada tecnología o modelo de negocio a pequeña escala, con el fin de evaluar su viabilidad, y para mejorar su diseño como paso previo a su despliegue a gran escala.

Se trata de desarrollar experiencias piloto de dichas tecnologías y analizar sistemáticamente su uso, preferentemente en un ecosistema de innovación abierto, en contextos reales y cotidianos, para su validación técnica y del modelo de negocio asociado.

Los proyectos han de contribuir al objetivo de convertir a Gipuzkoa en un «Living Lab» de referencia en tecnologías relacionadas con la nueva movilidad.

Conforme a la calificación europea, este tipo de proyectos se consideran de «investigación industrial» o de «desarrollo experimental».

Tendrán la consideración de beneficiarias las empresas y/o entidades sin ánimo de lucro que realicen implantaciones piloto en el Territorio Histórico de Gipuzkoa en el ámbito de la nueva movilidad o el almacenamiento de energía. Dichas entidades podrán presentarse tanto de forma individual como en colaboración con otras.

La intensidad de la ayuda no excederá del:      

50 % de los costes subvencionables en el caso de proyectos de investigación industrial.

  • 25 % de los costes subvencionables en el caso de proyectos de desarrollo experimental.
  • Competitividad empresarial: se trata de impulsar proyectos de reflexión estratégica, reorientación de negocio, diversificación, transformación digital, análisis de mejora competitiva o de reorganización de cualquiera de los procesos de la empresa; preferentemente aquellos que se referencien directamente con el impacto que la nueva movilidad, entendida como electromovilidad, infraestructura de carga y conducción autónoma, va a tener en sus negocios, acelerando así la toma de decisiones para su adaptación.

Tendrán la consideración de beneficiarias las empresas que desarrollan su actividad en Gipuzkoa, así como las entidades sin ánimo de lucro implantadas en la Comunidad Autónoma del País Vasco y que lideren actuaciones susceptibles de contribuir a los fines del presente programa.

Dichas entidades podrán presentarse tanto de forma individual como en colaboración con otras.

En el caso de entidades sin ánimo de lucro, los proyectos deben incluir al menos a cuatro empresas que, compartiendo una problemática similar, deseen analizar mejoras organizacionales que les permitan adaptarse o incorporarse a los cambios que se están produciendo en el sector de la automoción derivados de las nuevas formas de propulsión.

En el caso de las empresas, serán subvencionables los costes de servicios de asesoramiento y apoyo externo.

En el caso de las entidades sin ánimo de lucro, será subvencionables:

a)    Los costes de personal de la entidad promotora, en la medida en que estén dedicadas al proyecto.

b)    Los costes de servicios de asesoramiento y apoyo en materia de innovación.

c)    Los gastos generales y otros gastos de explotación adicionales, que se deriven directamente del proyecto; el conjunto de estos gastos no podrá superar el 20 % del coste del personal interno implicado en el proyecto, sin que sea necesaria su justificación.

En el caso de empresas las subvenciones máximas a aplicar serán del 40 % de los gastos externos y subcontrataciones.

En el caso de trabajos de asesoramiento relacionados con la puesta en aplicación de recomendaciones provenientes de trabajos previos de consultoría, los proyectos obtendrán una subvención adicional del 35 % en el caso de pequeñas empresas y del 20 % en las medianas.

En el caso de las entidades sin ánimo de lucro la subvención será del 70 % de los costes.

  1. Innovación tecnológica: considera proyectos de innovación tecnológica dirigidos a la creación de nuevos productos o procesos productivos, o a su mejora significativa, alineados con los ámbitos definidos por la estrategia Mubil con la nueva movilidad, entendida como electromovilidad, infraestructura de carga y conducción autónoma.

Los proyectos consistirán en el desarrollo experimental, que podrá comprender la creación de prototipos, el ensayo y la validación de productos, procesos o servicios nuevos o mejorados, en entornos representativos de condiciones reales de funcionamiento, siempre que el objetivo principal sea aportar nuevas mejoras técnicas a productos, procesos o servicios que no estén sustancialmente asentados.

Tendrán la consideración de beneficiarias:

a)    Las empresas que desarrollan su actividad en Gipuzkoa, siempre que los resultados del proyecto a apoyar sean de aplicación directa a estas instalaciones, pudiendo presentarse tanto de forma individual como en colaboración con otras. En el caso de optar por presentarse en colaboración, cada empresa deberá tener al menos una participación del 20 % en el proyecto.

b)    Entidades sin ánimo de lucro implantadas en la Comunidad Autónoma del País Vasco, siempre que se presenten en colaboración y su participación en el proyecto no supere el 40 % del mismo.

Los costes subvencionables de los proyectos de investigación y desarrollo serán los siguientes:

a)    Los costes de personal: investigadores, técnicos y demás personal auxiliar, en la medida en que estén dedicados al proyecto.

b)    Los costes de instrumental y material, en la medida y durante el período en que se utilicen para el proyecto.

c)    Los costes de consultoría y servicios equivalentes destinados de manera exclusiva al proyecto.

d)    Los gastos generales y otros gastos de explotación adicionales, que se deriven directamente del proyecto; el conjunto de estos gastos no podrá superar el 20 % del coste del personal interno implicado en el proyecto, sin que sea necesaria su justificación.

La intensidad de ayuda para cada beneficiario no excederá del 25 % de los costes subvencionables.

El plazo de presentación de solicitudes será de 40 días naturales, a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el BOG.

En el caso de que precises de ayuda en el análisis de la idoneidad de un proyecto o la elaboración de la memoria a esta convocatoria, no dudes en ponerte en contacto con ISEA S.COOP. (Teléfono: 943 104 245)

ISEA S.COOP. es un Centro de Desarrollo Tecnológico, Innovación y Emprendimiento integrado en la División de Ingeniería y Servicios Empresariales de la Corporación MONDRAGÓN. 

ISEA S.COOP. es un Agente Científico Tecnológico integrado en la Red Vasca de Ciencia, Tecnología e Innovación, con la categoría de Agente de Intermediación Oferta/ Demanda.

Adicionalmente, ISEA S.COOP. está inscrita en el Registro de Centros Tecnológicos y los Centros de Apoyo a la Innovación Tecnológica del Ministerio de Economía, Industria y Competitividad.

like0

Viewed 21 times