El Programa Investigo financia la contratación de personas jóvenes demandantes de empleo en la realización de iniciativas de investigación e innovación.

El BOE ha publicado las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas, destinadas a la financiación del "Programa Investigo", de contratación de personas jóvenes demandantes de empleo en la realización de iniciativas de investigación e innovación, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

El Programa Investigo financiará mediante subvenciones para la contratación de personas jóvenes demandantes de empleo, de 16 a 30 años que desarrollen su actividad en las iniciativas de investigación e innovación de los organismos siguientes:

a)      Organismos públicos de investigación.

b)     Universidades públicas y privadas y sus institutos universitarios.

c)      Centros e instituciones sanitarias públicas y privadas sin ánimo de lucro, vinculadas o concertadas con el Sistema Nacional de Salud que desarrollen actividades de I+D+i.

d)     Institutos de investigación sanitaria acreditados.

e)      Centros tecnológicos y centros de apoyo a la innovación tecnológica.

f)       Otros centros de I+D+i públicos con personalidad jurídica propia que en sus estatutos u objeto social tengan la I+D+i como actividad principal.

g)      Centros privados de I+D+i, sin ánimo de lucro y con personalidad jurídica propia, que en sus estatutos u objeto social tengan la I+D+i como actividad principal.

h)     Empresas pertenecientes al sector público o privado, que estén invirtiendo en la realización de iniciativas de investigación e innovación contempladas en la norma.

i)       Centros de I+D y centros públicos de investigación agraria y alimentaria de la Comunidad Autónoma.

Las iniciativas de innovación e investigación y las de los departamentos de I+D+i, preferentemente en ocupaciones referidas a sanidad, transición ecológica, economía verde, (energías renovables, tratamiento de aguas y residuos e industria agroalimentaria) así como digitalización de servicios y “data science”.

Las subvenciones para la contratación se destinarán a la financiación de los costes laborales y salariales, incluyendo la cotización por todos los conceptos a la Seguridad Social, de las personas jóvenes que sean contratadas para el desarrollo y ejecución de las iniciativas de investigación e innovación del «Programa Investigo». La duración de los contratos a subvencionar será de un mínimo de 12 meses. La duración de la subvención será de un máximo de dos años.

Los contratos objeto de subvención, que habrán de ser a tiempo completo, se realizarán conforme a la normativa laboral. No se podrán contratar personas jóvenes que hayan desempeñado cualquier tipo de puesto de investigación en la misma entidad, empresa o grupo de empresas en el plazo de 6 meses inmediatamente anteriores.

Los costes laborales incluirán:

a) Costes laborales y salariales, incluyendo la cotización por todos los conceptos a la Seguridad Social.

b) Ayudas al desplazamiento, por importe de 1.000 euros por año a tanto alzado por persona contratada, cuando estas tengan residencia en provincia o isla diferente de donde van a desempeñar su puesto de trabajo.

La concesión de las subvenciones, así como su justificación, se realizará a través del régimen de módulos, de acuerdo con lo establecido en los artículos 76 a 79 del Reglamento de la Ley General de Subvenciones, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.

Para implantar dicho régimen, se establecen los siguientes módulos:

a) Para compensar los costes laborales:

Modulo A: El módulo ascenderá a 22.405,94 euros por persona contratada y año de contratación (1.867,16 euros por mes), en el caso de contratos en los grupos de cotización de la Seguridad Social 9 a 5, ambos inclusive.

Módulo B: El módulo ascenderá a 33.108,92 euros por persona contratada y año de contratación (2.759,07 euros por mes), en el caso de contratos en los grupos de cotización de la Seguridad Social 4 a 1, ambos inclusive.

De acuerdo con ello, el importe de esta subvención se calculará en función de las previsiones recogidas en el proyecto presentado del número de personas a contratar, los años (o meses en su caso) de contratación de cada una de ellas y el módulo según el grupo de cotización de la Seguridad Social que corresponda.

b) Para compensar las ayudas al desplazamiento contempladas en el apartado 2.b), tiene la consideración de módulo la cantidad a tanto alzado de 1.000 euros al año por persona contratada.

Las ayudas corresponden a subvenciones relativas a los costes laborales y salariales incluyendo la cotización a la Seguridad Social. La cuantía máxima de subvención para los grupos de cotización de 9 a 5 será de 22.405, 94€ y de cotización de 4 a 1, 33.108.92€ por año de contratación.

Las subvenciones serán compatibles con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualquier administración o entidad, pública o privada.

El período de ejecución comienza en el año 2022.

En Euskadi, estas ayudas serán gestionadas por LANBIDE, actuando como organismo intermedio la Fundación Novia Salcedo.

La persona de contacto en la Fundación Novia Salcedo es Elisa Mena:

Correo electrónico: elisa@noviasalcedo.es

Móvil: 688628929.

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